¿Tercer retiro de las AFP se viene para marzo?: Quiénes son los beneficiarios incluidos en proyecto

17 Febrero 2021

Todo lo que tienes que saber de la iniciativa que busca generar un nuevo retiro del 10% de los fondos de pensión.

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Durante el mes de marzo comenzaría a discutirse en el Congreso el proyecto que podría permitir realizar un tercer retiro del 10% de los fondos de pensión de las AFP; en el contexto de la crisis económica suscitada por la pandemia de covid-19. Cabe señalar que dicho proyecto incluye tanto a los afiliados de las aseguradoras, como a los pensionados de rentas vitalicias.

Según consignó Mega, y en términos sencillos, el proyecto faculta a los afiliados de las AFP para efectuar "de forma voluntaria un retiro por hasta el 10 por ciento de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias".

Como indicábamos anteriormente, quienes también podrían hacer retiro del 10% son los pensionados de rentas vitalicias, los cuales –de aprobarse esta iniciativa- podrían pedir el retiro de dicho monto a sus respectivas compañías de seguro "del monto que les hayan transferido en virtud del contrato de seguro de renta vitalicia".

BENEFICIARIOS

No obstante, y respecto a números de eventuales beneficiarios, la publicación detalló que será necesario considerar los datos de la Superintendencia de Pensiones, entidad que indicó que entre el primer y segundo retiro, un total de 2 millones 888 mil 805 personas quedaron sin saldo en sus cuentas de ahorro previsional obligatorio y, producto de lo anterior, no podrían acceder a un nuevo proceso.

MONTO A RETIRAR

Por otra parte, señalar que el proyecto establece que el monto máximo a retirar debería ser equivalente a 150 UF y un mínimo de 35 UF.

Por otra parte, en el caso de los afiliados de las AFP, si el 10% de los fondos de pensión acumulados es menor a 35 UF, "el afiliado podrá retirar hasta dicho monto.  En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 unidades de fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta".

PLAZO DE PAGO

Por último, consignar que el plazo de pago del 10% sería el siguiente: el 50% del dinero en un plazo de 10 días hábiles (desde que se presenta la solicitud); y el otro 50% en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir del desembolso anterior.

BONO DE RECONOCIMIENTO

Cabe puntualizar, que la iniciativa legal incluye un “Bono de Reconocimiento”. Lo cual quiere decir que una vez se haya efectuado el depósito "el Estado calculará y emitirá un título de deuda expresado en dinero que se denominará ‘Bono de Reconocimiento’ y será representativo del monto total de los retiros efectuados por el afiliado o pensionado. El bono de reconocimiento se reajustará en la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor entre la fecha del último retiro, y el último día del mes anterior a la jubilación, y devengará un interés anual del 4%".

Dicho bono debería ser cancelado por el Estado de la siguiente forma –de acuerdo a lo publicado por Mega- “en el caso de afiliados a las AFP y que no se hayan pensionado, se abonará a la cuenta de capitalización del afiliado al momento acogerse a pensión (…) En el caso que esté pensionado, se abonará con anterioridad al recálculo que deba efectuar la correspondiente administradora en el año en que se efectúe el retiro”.

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