Corte Suprema ordena disolución de gremio de obstetras por colusión

08 Enero 2016

En total se sancionaron a 15 médicos de la provincia del Ñuble. Los médicos deberán pagar 80 unidades tributarias.

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Este jueves la Corte Suprema ordenó la separación de la Asociación Gremial de Ginecólogos Obstetras de la Provincia del Ñuble (AGGOÑ) que congrega a 25 médicos.

De acuerdo al fallo, el gremio fue creado con el objetivo de adoptar acuerdos colusorios, a través de la fijación de aranceles mínimos para las consulta y procedimientos quirúrgicos a través del sistema privado de salud en las comunas de Chillán, Chillán Viejo y San Carlos.

Según la información, la agrupación “fue constituida específicamente para la negociación uniforme de aranceles, y tal como da por acreditado el fallo, su primera actuación en la vida jurídica significó la adopción de los acuerdos ilícitos”.

La asociación surgió en 2011, fecha en que el gremio comenzó a efectuar convenios entre los 25 médicos para fijar un precio “base” en sus consultas. Este acuerdo se extendió hasta octubre de 2013 e involucró a casi el 90 por ciento de la oferta de ginecólogos de Chillán, Chillán Viejo y San Carlos.

Los médicos involucrados en el caso corresponden a Francisco Baldecchi Quezada, Felipe Camposano Luzzi, Patricio Bertoglia Fuentes, Matías Cox Ureta, René Fabbri Aguilera, José Luis Lama Lama, José Lépez García, Felipe Muñoz Muñoz, Jorge Macchiavelo Rau, Guillermo Ribbeck Vejar, Carlos Rojas Álvarez, Patricia Saavedra Gómez, Sergio Salinas Aguilar, Raúl San Martín González, Alberto Solervicens Mortara, Enrique Tirapegui Gutiérrez, Raúl Vega Muñoz, Marcelo Verdugo Chacón, Jimena del Carmen Viñuela Poirier, Víctor Caro Herrera, Mario de la Cuadra Valdés, María Angélica Bustos Montero, Jaime Osorio Uribe, Marcela Aravena Arroyo y Alexis Arriaza González.

En este sentido,  la sentencia confirmó las multas de 1,68 y 9,52 UTA (unidades tributarias anuales), aplicadas a los 25 médicos que participaron del acuerdo colusorio y que totalizan 80 unidades tributarias.