Corte Suprema acogió recurso de protección y ordenó cierre de vertedero en Ancud en 90 días

10 Septiembre 2021
Justicia determinó riesgo para la comunidad del recinto y sus desechos.
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Foto vía Facebook: Diario Constitucional.cl

La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó en un plazo de 90 días la paralización de un vertedero ilegal ubicado en el  predio de "Puntra El Roble" de la comuna de Ancud.

En la sentencia, el máximo tribunal consideró que se atenta contra el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación al mantener la operación del vertedero en base a una disposición transitoria de la autoridad sanitaria.

"Resulta evidente que la orden de la Seremi de Salud, no ha sido cumplida a la fecha, con el consiguiente riesgo, tanto para el medio ambiente como para la salud de las personas que habitan o realizan actividades cercanas al emplazamiento del relleno sanitario Puntra", señaló el falló, agregando que la Corte dispuso, entre otras cosas, que la Superintendencia del Medio Ambiente y la Seremi de Salud de la Región de Los Lagos, adoptasen de manera conjunta las medidas pertinentes para poner fin el conflicto, lo que habiendo transcurrido un año desde la fecha de tal sentencia, no se ha realizado.

La medida se regirá bajo el siguiente ordenamiento:

  • La paralización, una vez transcurrido el plazo de 90 días de ejecutoriada esta sentencia, del funcionamiento del vertedero Puntra – El Roble de la comuna de Ancud, por parte de la I. Municipalidad de Ancud, dejándose sin efecto su operación como lugar de acopio transitorio de residuos sólidos domiciliarios de la comuna de Ancud.

  • Que la Ilustre Municipalidad de Ancud y a la Seremi de Salud deberán actuar, en lo sucesivo, con estricta sujeción a un proyecto de construcción y operación elaborado, evaluado y aprobado con una Resolución de Calificación Ambiental, conforme a la normativa aplicable en materia ambiental y sanitaria.

  • El retiro, dentro del plazo de 90 días de ejecutoriada esta sentencia, de todo el pasivo ambiental (desechos sólidos domiciliarios) que en forma transitoria se ha ordenado disponer en el predio de “Puntra El Roble” desde el 11 de enero de 2020, donde opera ilegalmente un vertedero, de manera tal que dicho pasivo ambiental sea ubicado en un sitio de disposición final legalmente autorizado.