Superintendencia del Medio Ambiente ordena nuevas medidas urgentes y transitorias para Blumar por escape masivo de peces

09 Octubre 2020

Entre las medidas están el monitoreo diario del PH, temperatura, salinidad, oxígeno disuelto y porcentaje de saturación de oxígeno, entre otras acciones.

El Repuertero >
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó nuevas Medidas Urgentes y Transitorias (MUT) a la empresa Salmones Blumar en el marco de la contingencia sobre el escape y la mortalidad masiva de peces producto del hundimiento de las 18 jaulas, reportado el pasado 27 de junio.

Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, señaló que “sobre la base de los nuevos antecedentes que han arrojado las inspecciones sectoriales, los reportes y acciones ejecutadas por parte del titular y el análisis de éstos en su conjunto, es necesario reforzar las medidas de control para evitar riesgos de impactos significativos como consecuencia del hundimiento”.

Agregó que es necesario también definir las acciones para su adecuado manejo y control, de tal manera de evitar en todo momento una afectación en el ecosistema marino, por lo que se debe mantener el monitoreo ambiental asociado a la contingencia producido por el escape y mortalidad masiva de salmones y reforzar las gestiones que realizará el titular ante la detección de desviaciones en uno o más de los parámetros monitoreados.

Las nuevas MUT ordenadas por la SMA establecen que -en el marco del Plan de Alerta Temprana (PAT)- mientras la empresa no extraiga la totalidad de la mortalidad del fondo marino deberá ampliar los puntos de medición y las variables a medir. Esto significa que el titular deberá monitorear diariamente los parámetros: PH, temperatura, salinidad, oxígeno disuelto y % de saturación de oxígeno, añadiendo a la boya ubicada en la estación E-4, otra con las mismas características en la E-1, indicada en el Plan de Monitoreo Ambiental Integral, aprobado por la Autoridad Marítima.

Se le solicita a la empresa como medio de verificación, un reporte diario de las mediciones con los resultados, sus análisis, y las medidas que implementó en caso de detectarse anomalías, que deberán remitirse por correo electrónico a la Superintendencia. El plazo de ejecución es inmediato y por un período de 30 días corridos.

Las medidas también estipulan que, para mantener las condiciones ambientales imperantes en el seno del Reloncaví, en especial en los sectores costeros aledaños al hundimiento del CES, en caso de superar los niveles críticos monitoreados en el área de hundimiento, -concentración de ácido sulfhídrico (H2S), diámetro de mancha iridiscente y mortalidad de peces, aves o mamíferos marinos-, el titular deberá ejecutar de forma inmediata la extracción de mortalidad del fondo marino, para lo cual dispondrá de un plazo de no más de 60 días hábiles para ejecutarlo.

A lo anterior, se agrega la ejecución de sobrevuelos (con los medios disponibles, inclusive dron), en la medida que las condiciones meteorológicas lo permitan y durante los mismos días que deban efectuar monitoreos en el área, dentro de un radio mínimo de 1.000 mts. del módulo hundido, en el cual se visualice la superficie marina alrededor de éste y la dirección de plumas de dispersión superficiales que se evidencien.

En caso de detectarse manchas de aceite o coloración de las aguas, debido a material suspendido, deberá informar respecto a las medidas que implementará para su contención y evitar su dispersión hacia zonas costeras. Asimismo, en este último caso, si no se pueden realizar sobrevuelos debido a malas condiciones meteorológicas, se deberán ejecutar inspecciones en el borde costero aledaño al CES Caicura, perteneciente a la comuna de Hualaihué.

Por último, se requiere que la empresa monitoree gases asociados a olores por la descomposición de materia orgánica, en al menos dos puntos del borde costero, de la comuna de Hualaihué, considerando lugares concurridos, como muelles de transbordo, caletas de pescadores (caleta La Arena, Puelche, Contao, Aulen, Rolecha), sedes comunitarias, u otros, en donde se deberán instalar equipos con sensores debidamente calibrados para medir gases que puedan ser dañinos para la salud humana, como, por ejemplo: ácido sulfhídrico, metano y amoníaco.