Pensionados en Chiloé comienzan a recibir aguinaldo de fiestas patrias

04 Septiembre 2020

Más de 16 mil pensionados serán beneficiados.


El Repuertero >
authenticated user Editor

A partir del 1 de septiembre, más de 16 mil pensionados comenzaron a recibir el aguinaldo de fiestas patrias y para este 2020, el monto del beneficio es de $20.082 por pensionado y se incrementará en $10.303 por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto del año en curso. Cabe recordar que este aguinaldo se paga junto con la pensión, y no es necesario un trámite adicional.

“En nuestra provincia serán 16.636 los pensionados y pensionadas que recibirán esta importante ayuda económica, la cual representa una inversión cercana a los 340 millones de pesos del Estado. Es una muy buena noticia ya que este beneficio es entregado antes de las fiestas dieciocheras, por lo cual reiteramos el llamado a pasar esta celebración patria en tranquilidad y respetando las medidas sanitarias por el Covid-19”, señaló el Gobernador Fernando Bórquez.

¿Quiénes pueden acceder a él?

Tienen derecho al beneficio los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social, de las Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA, del Instituto de Seguridad Laboral, de las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo, que tengan alguna de estas calidades al 31 de agosto del año 2020. También tienen derecho los pensionados del Sistema de AFP (DL 3.500), que a esa fecha se encuentren percibiendo el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.

En el caso del IPS, los beneficiarios son los siguientes:

·         Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.

·         Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).

·         Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).

·         Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).

·         Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).

·         Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).

·         Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.

·         Beneficiarios de Indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

Es importante señalar que, los pensionados de AFP y compañías de seguro (DL 3.500) que al 31 de agosto del año 2020 reciban el beneficio de Aporte Previsional Solidario (más conocido como APS y que consiste en un monto mensual que entrega el Estado para complementar las pensiones más bajas) y también quienes tengan pensiones mínimas con Garantía Estatal, tienen derecho al aguinaldo. El pago a este grupo lo efectúa la entidad previsional a cargo de cancelar la pensión mensual.