Ojo aquí: convivientes sin grado de parentesco podrán postular al Subsidio de Arriendo Especial Clase Media

12 Agosto 2020

El beneficio también contempla a personas que conviven en la misma vivienda arrendada.

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A pocos días de cumplirse un mes desde que se anunció la postulación al Subsidio de Arriendo Especial Clase Media, aporte económico para personas que están arrendando una vivienda y se encuentren cesantes o hayan visto una disminución de más de 30% de sus ingresos, el Ministro Felipe Ward reiteró la flexibilización de requisitos para acceder a este beneficio.

Durante un encuentro con vecinos en la junta de vecinos número dos “Villa Amapolas” de Ñuñoa y junto al alcalde Andrés Zarhi, la autoridad del Minvu explicó que, a diferencia de los subsidios tradicionales, en esta ocasión podrán postular no tan solo núcleos con lazos de parentesco, sino que contemplará a personas que conviven en la misma vivienda arrendada. Esto significa que el proceso incluye parejas de amigos, del mismo sexo, y convivientes.

“El país ha cambiado, la sociedad ha cambiado y creo que el subsidio también tiene que cambiar para bien. Creo que esto está en sintonía con lo que está pasando hoy en Chile, hoy hay muchas personas que viven solas, hay muchas personas que viven en pareja, hay muchas personas que viven con algún familiar o con amigos, y naturalmente es que queremos considerar esas distintas opciones al momento de entregar este subsidio”, añadió Ward.

Cabe señalar que este beneficio consiste en un aporte de hasta $250.000 durante tres meses para viviendas cuyo arriendo no supere los $600.000. Además, el ministro reiteró que con el fin de lograr que más personas puedan obtener este subsidio, el Minvu decidió eliminar de sus requisitos el Registro Social de Hogares (RSH).

El Subsidio de Arriendo Especial Clase Media es una medida extraordinaria impulsada por el Gobierno, que beneficiará a 100 mil familias del país. La postulación es 100% digital a través de la página web www.minvu.cl.

Requisitos de postulación

1. Demostrar pérdida de empleo o baja demás del 30% de ingresos.

2. Estar arrendando una vivienda actualmente.

3. Presentar los documentos de postulación.

 *Ya no es necesario contar con Registro Social de Hogares (RSH).