Conoce los beneficios de la Ley Protección Covid-19 que incluye nuevo seguro para los trabajadores

16 Junio 2021
El seguro Covid-19 que debe contratar el empleador, comienza a regir el 4 de julio de 2021, y considera reembolsos de gastos de hospitalización y rehabilitación.
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El 4 de julio próximo comienza a regir el nuevo seguro Covid-19 que beneficia a trabajadoras y trabajadores del sector privado que estén desarrollando labores de manera presencial y semipresencial.

Lo anterior, se encuentra estipulado en la ley 21.342 que dispone medidas de protección para el retorno gradual y seguro al trabajo, en el marco de la crisis sanitaria.

El seguro Covid-19 es obligatorio, y lo deben contratar los empleadores y tiene un costo aproximado de 0,4 UF anual.

El Subsecretario de Previsión Social Pedro Pizarro, explicó que el seguro, que ya están ofreciendo varias aseguradoras a un valor más bajo de lo estipulado por la ley, “financia o reembolsa los gastos de hospitalización, rehabilitación y fallecimiento. “En caso de que un trabajador se contagie de covid-19, el seguro se activa en forma inmediata, siempre que se haya pagado la prima”, dijo Pizarro.

Precisó que el seguro incorpora a las trabajadoras de casa particular y debe ser contratado por sus empleadores.

En caso de fallecimiento, el seguro considera una indemnización de 180 UF.

Licencias Covid-19 con más cobertura

La ley también eliminó la carencia de los 3 primeros días de licencia médicas por Covid-19, es decir, “el trabajador recibirá el pago de esos 3 días, por licencias menores a 11 días, permitiendo mejorar la cobertura para el tratamiento de la enfermedad”, explicó el Subsecretario Pizarro.

“Queremos que los trabajadores se sientan más tranquilos y resguardados para volver a trabajar, pero siempre considerando todas las medidas de resguardo sanitario, como el uso de mascarillas, lavado de manos y distanciamiento físico”, enfatizó.

La fiscalización está a cargo de la Dirección del Trabajo y la autoridad sanitaria correspondiente.

Protocolos de seguridad sanitaria

Las empresas y empleadores deben tener un protocolo de seguridad sanitaria Covid-19 en los lugares de trabajo, con el fin de proteger a sus trabajadores y trabajadoras.

Este protocolo deberá incluir como mínimo:

·         Testeo diario de temperatura del personal, clientes y demás personas que ingresen al recinto de la empresa.

·         Testeo de contagio según las normas y procedimiento que determine la autoridad sanitaria.

  • ·         Medidas de distanciamiento físico.
  • ·         Mantener agua, jabón y alcohol gel.
  • ·         Medidas de sanitización periódica de las áreas de trabajo.
  • ·         Medios de protección (mascarillas, y cuando la actividad lo requiera guantes, lentes y ropa de trabajo).
  • ·         Definición y control de aforo.
  • ·         Definición de turnos procurando evitar aglomeraciones.

Más detalles de los beneficios de la Ley 21.342 en www.previsionsocial.gob.cl