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¿Estás esperando el dinero?: Las fechas de pago del Ingreso Familiar de Emergencia

11 Octubre 2020

Antes el 31 de octubre se realizan los pagos.

Chile >
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Según comunicó el Gobierno, en octubre se realizarán los pagos programados y pendientes del Ingreso Familiar de Emergencia.

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El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) es un aporte económico para los hogares que reciben ingresos informales y formales insuficientes, y que han visto disminuidos estos recursos debido a que no pueden trabajar a causa de la emergencia producida por el virus Covid-19. 

El monto del beneficio dependerá de la cantidad de personas que integran el hogar (según la composición familiar inscrita en el Registro Social de Hogares), y de la situación socioeconómica de la familia en el estado de emergencia.

La quinta y sexta cuota corresponden a $70 mil y $55 mil por integrante familiar

Fechas de pago:

Desde el 2 de octubre: postulantes pago 4, pagos rezagados y 5° aporte.

Último pago aún no está definido pero será antes del 31 de octubre.

  • Tendrán acceso al cuarto pago los hogares que cumplen con los requisitos y solicitaron ingreso a RSH entre el 9 de agosto y el 7 de septiembre.
  • Accederán al 5° y 6° pago los grupos familiares que han recibido el pago automático, y los que postularon y fueron aceptados en los aportes 1, 2, 3 y 4. El monto dependerá del número de integrantes y de si tiene o no ingresos formales.

Accederán al beneficio las personas que cumplan los siguientes requisitos:

Grupo 1, pueden acceder al 100% del beneficio si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
  • Que todos los integrantes mayores de edad del hogar no tengan ingresos formales.

Grupo 2, pueden acceder al beneficio si:

  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
  • Los integrantes mayores de edad perciben ingresos principalmente informales, y sus ingresos formales no superan el aporte 2 que recibiría el hogar si estuviera en el primer grupo.

Grupo 3, pueden acceder al segundo y tercer pago si:

  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares.
  • Su hogar se encuentra compuesto por una o más personas que tengan 65 años o más de edad, y sean beneficiarias de la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o que al menos uno o una de sus integrantes reciba la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o que al menos uno o una de sus integrantes sean beneficiarios del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o de Invalidez (APSI) siempre que la pensión final que reciban (incluyendo al aporte), sea igual o inferior a lo que reciben los beneficiarios de la PBS del mismo tramo de edad.

 

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