Los Lagos: Seremi de Salud establece nuevas normas de distanciamiento social y restricción en el comercio

21 Julio 2020

Esto ante el aumento de casos en la región de Los Lagos.

El Repuertero >
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La Seremi de Salud de Los Lagos, Scarlett Molt, presentó una serie de medidas para frenar el contagio por coronavirus en la región, siendo la principal mantener el distanciamiento social y algunas medidas específicas para el funcionamiento del comercio, especialmente en Puerto Montt y Calbuco.

Las medidas, que deben ser acatadas en las comunas de Puerto Montt, Puerto Varas, Llanquihue, Calbuco y Frutillar, anunciadas por la autoridad son las siguientes:

-Las personas que transiten por las vías públicas u ocupen cualquier bien nacional de uso público deben mantener en todo momento un distanciamiento mínimo de un metro lineal entre sí. 

 -Los espacios cerrados donde se atienda público, no podrá existir un aforo superior a una persona por cada diez metros cuadrados. En los casos cuya área sea inferior a diez metros cuadrados, el aforo máximo será de una persona. Para efectos del cálculo del aforo no se tendrá en consideración a los trabajadores del lugar. 

-El aforo máximo disponible en función de lo señalado precedentemente, deberá ser publicado en las entradas del recinto de que se trate.

-En los lugares donde se formen filas, se deberá demarcar la distancia de un metro lineal. Esta obligación deberá cumplirse ya sea que la fila se forme dentro o fuera del local. En el caso que la demarcación deba hacerse en la vía Pública, esta deberá ser removible. 

- El incumplimiento de las medidas señaladas precedentemente, podrán a partir de la vigencia, ser sancionadas con multa de 1 a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) a través del respectivo sumario sanitario y aplicadas tanto al infractor como al propietario del establecimiento si correspondiere.

-Se establece en la comuna de Puerto Montt y Calbuco para el radio urbano, por 10 días corridos a partir de las 00:00 horas del 22 de Julio de 2020, el cierre de todo tipo de establecimiento comercial y del comercio ambulante, según se indica: De Lunes a Viernes se dispone el cierre a partir de las 18:30 horas. Los sábados a partir de las 14:00 horas y los domingos se prohíbe el funcionamiento durante todo el día. 

-Exceptuase de la restricción anterior los establecimientos comerciales relacionados con la distribución de combustibles, alojamiento, medicamentos y reparto a domicilio de alimentos u otros. 

-La presente resolución rige a partir de las 00:00 horas del miércoles 22 de Julio de 2020, la que podrá prorrogarse si las condiciones epidemiológicas relacionadas con la pandemia lo hicieren necesario.