Fiscalía condena a dos de los autores de homicidio ocurrido en penal de Alto Bonito

08 Noviembre 2015

Durante el juicio oral anterior a uno de los acusados, sólo se le había condenado por lesiones menos graves. De acuerdo a la sentencia pronunciada, ambos deberán cumplir la pena efectiva de 5 años y un día de privación de libertad.

Gabriela Muñoz Soto >
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La política de persecución penal firme que está desarrollando la Fiscalía en la Región de Los Lagos tuvo otro hito durante cuando en un segundo juicio oral se logró la condena de dos de los autores de un homicidio ocurrido en el penal de Alto Bonito en Puerto Montt. Anteriormente, a uno de los acusados en este caso se le había condenado sólo por lesiones menos graves. Luego de un recurso de nulidad que presentó el Ministerio Público, es que se debió repetir el juicio obteniéndose el resultado indicado. De acuerdo a la sentencia pronunciada recientemente, ambos imputados deberán cumplir la pena efectiva de 5 años y un día de privación de libertad.

La causa fue llevada a juicio oral por el Fiscal Marcelo Maldonado y se refiere al homicidio ocurrido el 14 de Marzo de 2014 al interior del módulo 52 del Complejo Penitenciario Alto Bonito de Puerto Montt, cuando los acusados Víctor Galleguillos Villalón (29 años) y Pedro Pablo Reveco Reveco (27 años) -ambos internos que estaban cumpliendo condenas por delitos de la Ley de Drogas y habían sido trasladados desde la Región Metropolitana-, hirieron con armas cortopunzantes a José Danilo Maldonado Carrillanca, quien falleció en el lugar.

Según expuso el Fiscal Maldonadodurante el juicio, en la convivencia entre los acusados y la víctima se produjeron roc es, y es en este contexto que se produce la agresión. Los hechos ocurren al momento del desencierro y en el camino al desayuno. Según probó el representante del Ministerio Público, la agresión fue sorpresiva, sin haber mediado ninguna discusión, al punto que ninguno de los 130 internos que se encontraban en el lugar pudo evitar la muerte de la víctima.

En este segundo juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt determinó condenar a ambos acusados como autores del delito consumado de homicidio simple. Según establece la sentencia pronunciada, "la prueba producida por el acusador fiscal durante la audiencia de este juicio oral, ha logrado superar la presunción de inocencia que ampara a los acusados, permitiendo conducir al tribunal a la convicción -más allá de toda duda razonable- de que a estos les ha correspondido una participación culpable y penada por la ley, en calidad de autores del hecho punible anteriormente descrito"

Cabe hacer presente que en este caso se registró la participación de un tercer acusado, sin embargo éste se encuentra en rebeldía y no compareció al juicio oral.

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